Mostrando entradas con la etiqueta legislacion. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta legislacion. Mostrar todas las entradas

martes, 26 de junio de 2012

Cómo inventar excusas absurdas para no dejar entrar con una plegable

Ayer acudí a realizar una gestión a la sede que me corresponde de la Tesorería General de la Seguridad Social, en Avda. Pablo Picasso 61, Zaragoza, y que acaba de ser inaugurada. Entré con la Brompton plegada pero sin la funda. Me señalaron que está prohibida la entrada de bicicletas plegables, aunque se lleven en la mano. Afortunadamente me dejaron colocarla en una sala de taquillas. Indagando un poco me entero de que durante la reciente vista inaugural de la Ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, una de las autoridades acompañantes observó alguna plegable en el recinto, y se decidió prohibir el acceso portando este tipo de vehículo. Según parece, el motivo es proteger la integridad del flamante suelo técnico instalado en el lugar.

La autoridad que tomó la decisión está sin duda preparada y dotada de una notable intelingencia, ya que ha sido designada o elegida para tomar decisiones de gran calado, como la que nos ocupa. Efectivamente, una persona de peso p portando una plegable de peso b, pesa más que otra del mismo peso p que no porte la plegable, lo que puede llevar a un mayor deterioro del suelo. Entiendo que en breve colocarán una báscula de paso a la entrada, de modo que las personas con peso bruto mayor o igual a p + b (incluídos los objetos que porten), serán invitadas a realizar sus gestiones a través de un representante de peso menor a p+b, o de depositar a la entrada los objetos, prendas etc necesarios hasta conseguir un peso p.

Es de agradecer la visión y preocupación de algunas autoridades públicas para que las infraestructuras que pagamos todos se conserven y prolonguen su vida útil, conteniendo así nuestro gasto público y nuestra capacidad para pagar los intereses de deuda, repercutiendo todo ello en un mundo mejor y más feliz.

jueves, 25 de febrero de 2010

Aragón. Presentado el borrador del Plan Integral de Seguridad Vial

PRESENTADO EL BORRADOR DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD VIAL

El Gobierno de Aragón ha presentado el borrador del Plan Integral de Seguridad Vial de Aragón 2011-2020, que se someterá a debate y recibirá las aportaciones de 90 entidades en el marco del proceso de un nuevo proceso de participación ciudadana.

El objetivo del Plan es reducir a la mitad el número de víctimas mortales y heridos graves en accidentes de tráfico.

El proceso de participación para la elaboración del Plan Integral de Seguridad Vial consta de tres fases, cuyo objetivo es mejorar y completar la propuesta inicial.

El borrador presentado es fruto de la fase de información, en la que se han recogido las aportaciones de las Direcciones Generales del Gobierno de Aragón más concernidas en materia de seguridad vial, otras instituciones invitadas a participar en este proceso previo, Diputaciones Provinciales, Comarcas, Municipios de más de 4.000 habitantes y un grupo de expertos. Ahora se abre una segunda fase de deliberación, en la que participarán todas las entidades. La tercera fase del proceso es la de retorno: se conocerá el borrador definitivo del Plan con todas las aportaciones de los participantes para que éstos puedan realizar sus alegaciones finales.

El borrador va a trabajar en varios objetivos operativos: proteger a los usuarios más vulnerables, conseguir carreteras y entornos más seguros y mejorar el nivel de información, educación, formación y responsabilidad de los aragoneses en materia de seguridad vial. Establece cuatro líneas estratégicas: afianzar el marco legal y formativo, fortalecer las capacidades técnicas y de innovación, fomentar la participación pública y de la sociedad civil y fortalecer la coordinación. En el proceso de participación ciudadana, los grupos de trabajo abordarán las actuaciones concretas y establecerán el orden de prioridades a corto, medio y largo plazo.

Enlaces:

lunes, 5 de octubre de 2009

Brompton en Talgo

Antes de ayer tomé un Talgo en vez de un regional para ir de Zaragoza a Logroño (con tarifa Web Estrella, igual precio que el regional pero media hora menos). Como siempre, llevé la bici desplegada hasta la puerta del vagón, para no acarrear la bolsa al hombro, cargada para pasar un finde, y con material pa currar (portátil inc). El revisor me informó con agria pero correcta contundencia de que no podía subir a ese tren con bicicleta (lo cual es cierto; en esta entrada del blog hay un resumen de la normativa de Renfe al respecto). Mientras me hablaba plegué la bici, le puse la funda por encima, le dije que en mi opinión lo que había en esa bolsa era un bulto, no una bici, y tras un breve y educado intercambio adicional de argumentos me subí al tren. Coloqué el bulto en el lugar para las maletas, y cuando pasó el revisor no hubo más alusión al tema. En fin, sobre bultos no hay nada escrito.

jueves, 9 de abril de 2009

Croozer dog - Remolque para perros

Primeras experiencias con el remolque para perros Croozer Dog

Pensábamos que estaba prohibido circular con remolque en la bicicleta y al leer en el anteproyecto de ordenanza de circulación de peatones y ciclistas de Zaragoza que las bicicletas  podrían estar dotadas de remolques consultamos la legislación española y reusulta que desde el 2003 se puede circular en España en bicicleta con remolque mientras sea de día. Así las cosas, nos hemos decido a comprar un carro para la perra que vive con nosotros, una setter irlandés que va para los 14 años y que ya le empieza a costar seguirnos en nuestras aventuras con la bici. 

Esta semana nos ha llegado el Croozer Dog, lo hemos comprado en Recicleta, lo pedimos un  viernes y el martes ya estaba en la tienda, donde nos lo instalaron en apenas diez minutos.

El Croozer dog es un remolque para bicicletas que te permite transportar un perro de hasta 45 kg.

A nuestro perro, de momento, no le hace mucha gracia meterse dentro del carro y prefiere ir corriendo a la sombra del carro. Pero los años no pasan en balde y ya se va acercando a los 14 años, ahora se cansa antes y el carro nos permite ir más lejos y luego, cuando ya está cansado de correr, meterlo en el carro para volver a casa.

Página web del fabricante: croozer

Características

Dimensiones del Croozer Dog

  • L x A x A (sin lanza) : 81 x 80 x 91 cm
  • L x A x A (plegado sin ruedas): 81 x 65 x 24 cm
  • Superficie de carga (L x A x A): 80 x 55 x 62 cm
  • Peso: 14,1 kg
  • Carga: 45 kg
  • Ruedas: 20" radiadas
  • Estructura de acero
  • Velocidad máxima recomendada: 15 km/h

La conducción con el remolque

  • En llano, una vez has arrancado, apenas te das cuenta de que llevas el remolque, salvo que el perro cambie de posición. 
  • Si el perro es muy nervioso y se mueve mucho en el remolque se nota en la conducción de la bicicleta, en el manual dicen de repartir la carga por igual en el remolque, pero es difícil explicarle esto a un perro.
  • En las curvas es conveniente reducir la velocidad antes y cuando la calzada presenta irregularidades como muchas piedras sueltas o baches, en vacio el remolque va pegando unos botes tremendos.
  • Cuando está vacio, en caminos de tierra, irregulares, va golpeando el suelo de plástico con la barra inferior de la estructura de la base y te va acompañando el golpeteo todo el viaje.
  • Cuando quieres dar la vuelta completa es mejor girar hacia la izquierda. Hacia la derecha, la rueda trasera golpea antes contra la lanza del remolque.
  • El remolque tapa la luz trasera y los reflectantes de la bicicleta, son necesarias una o dos luces traseras adicionales, para que te vean. El carro viene con dos reflectantes rojos para atrás, dos reflectantes blancos para delante y un banderín largo que se inserta en un pasador de tela lateral. Además dispone de dos pasadores de tela en la parte trasera para poder poner luces con clip.
  • Para facilitar el montaje se hace casi imprescindible poner una pata a la bicicleta en caso de no tenerla. Si el perro es grande y no tiene muchas ganas de subirse al carro por su propio pie es necesario que una persona sujete la bici mientras la otra sube el perro al carro, corres el peligro de acabar con la bicicleta en el suelo al empujar para meter al perro.

Ventajas:

  • Se pliega con facilidad, no más de tres minutos y queda muy compacto para su transporte cerrado. Plegado se pueden dejar las ruedas dentro del carro sin necesidad de  quitar los ejes de las ruedas.
  • El tamaño de las ruedas (20") es suficiente para pasar bordillos pequeños.
  • La conducción con carga es bastante agradable, no se nota apenas que llevas un remolque salvo cuando arrancas.

Pegas:

  • La barra que tensiona el techo va bastante justa, exige hacer mucha fuerza para encajarla,  entre dos personas se hace fácil pero hacerlo uno solo es misión casi imposible. Entre dos uno estira de un lateral y el otro del contrario y entra bien.
  • La perra, una setter irlandés con casi 14 años y que ya está un muy resabiada ha sido capaz de  abrir la abertura de delante metiendo el hocico en un pequeño agujero que le habíamos dejado sin cerrar la cremallera y escaparse del carro en una ocasión.

Legislación sobre los remolques para bicis.

Legislación española

  • REAL DECRETO 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobr tráfico,circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
4. Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, los ciclomotores y los ciclos y bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no superen el 50 por ciento de la masa en vacío del vehículo tractor y se cumplan las siguientes condiciones:
  • a) Que la circulación sea de día y en condiciones que no disminuyan la visibilidad.
  • b) Que la velocidad a que se circule en estas condiciones quede reducida en un 10 por ciento respecto a las velocidades genéricas que para estos vehículos se establecen en el artículo 48.
  • c) Que en ningún caso transporten personas en el vehículo remolcado.
En circulación urbana se estará a lo dispuesto por las ordenanzas correspondientes.

Anteproyecto de normativa en Zaragoza

Artículo 36. Elementos accesorios
Por cuestiones de seguridad es recomendable la utilización de casco.
Podrán estar dotadas de timbre, ya que facilitan el tránsito por las vías ciclistas.
Las bicicletas podrán estar dotadas de elementos accesorios adecuados para el transporte diurno y nocturno de menores y de carga tales como sillas acopladas, remolques, semirremolques y resto de dispositivos debidamente certificados u homologados, con las limitaciones de peso que dichos dispositivos estipulen, siempre que se cumplan las condiciones especificadas en el artículo siguiente.
Artículo 37. Sillas y remolques
Las bicicletas podrán transportar, cuando el conductor sea mayor de edad y bajo su exclusiva responsabilidad, un menor de hasta siete años en sillas acopladas a las mismas.
La silla deberá contar con elementos reflectantes.
Las bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque para el transporte de todo tipo de bultos y niños/as, siempre que el conductor sea mayor de edad y bajo su exclusiva responsabilidad. En caso de circular a velocidad anormalmente reducida, las bicicletas con remolque o semirremolque tendrán prohibida la circulación por la calzada, debiendo circular por vías ciclistas, zonas 30, otras vías pacificadas o zonas peatonales autorizadas.
Dichos remolques deberán ser visibles en las mismas condiciones establecidas para las bicicletas en el artículo 35 de esta Ordenanza.
Artículo 35. Visibilidad
Las bicicletas o los ciclistas que las conducen deberán ser visibles en todo momento. Cuando circulen por la noche o en condiciones de baja visibilidad deberán disponer de luces y/o reflectantes, que las hagan suficientemente visibles para todos los usuarios de la vía pública.

Más información

martes, 10 de marzo de 2009

Acción a favor del Tren+Bici en el TRD

Este fin de semana un grupo de ciclistas realizó una acción en protesta por el incumplimento de Renfe de su compromiso de facilitar el acceso con bicicletas en los llamados TRD (Trenes Regionales Diessel).

La acción, bastante discutible desde mi punto de vista, consistía en demostrar que quitando dos asientos se podía habilitar sitio para cinco bicicletas. Digo discutible porque para demostrar ésto, no hace falta quitar los asientos, basta con un metro y un dibujo de las bicis

Cada uno es libre de pensar y hacer con su vida lo que quiera, pero jugártela por una chiquillada, en mi opinión, no va a ayudar a que Renfe entre en razón.

Puedes ver un vídeo de la acción, con un estupendo montaje, en: Vídeo-acción en youtube

Más información de la acción en las web de Colectivo Pedalea y Coordinadora en defensa de Bici, ConBici

Copio a continuación la pólitica de Renfe respecto a viajar con bicicletas a fecha de hoy 10 de marzo de 2009. Más información en Renfe

Oferta comercial de transporte complementario: bicicletas . Acceso de viajeros con bicicletas como equipaje acompañado, es decir, incluido en la franquicia de 15 kilos

Configuración de trenes regionales

Para comprobar si el modelo de tren regional dispone de espacio para bicicletas puedes visitar: Trenes media distancias

Normativa T.E.6,Condiciones generales para el transporte de bicicletas en trenes regionales Página 1 y Página 2.

Alta Velocidad – Larga Distancia

Se permitirá el acceso de bicicletas en los trenes que tengan oferta de plazas acostadas (litera y/o coches cama).

En coche cama, ya sea material convencional o Trenhotel, sólo será posible la admisión de bicicletas cuando se adquiera el departamento en la modalidad familiar, es decir, constituyendo un grupo todos los viajeros que ocupen el departamento.

Como norma general sólo se admitirá una bicicleta por viajero, con un máximo de dos bicicletas por departamento.

Las bicicletas deberán estar previamente embaladas en bolsas para bicicletas diseñadas al efecto, con los pedales desmontados y el manillar girado 90º.

Renfe no se hace responsable de los posibles desperfectos o pérdidas.

Media Distancia

Se admitirá el transporte de bicicletas en todos los trenes de Media Distancia que tengan un área específica o espacio suficiente para su transporte. Sólo se admitirá una bicicleta por viajero siempre que la ocupación del tren lo permita o la capacidad máxima permitida para cada coche o tren no se sobrepase. En caso contrario el viajero tendrá derecho a utilizar otro tren de Media Distancia o a la devolución del importe del viaje no realizado.

Como norma general, los viajeros en grupo con más de tres bicicletas deberán ser autorizados previamente por RENFE-Operadora. Sólo en el caso de grupos autorizados se podrá sobrepasar el límite máximo para cada coche o tren admitido.

Este transporte se podrá realizar en todos los trenes de Media Distancia, si bien, podrá limitarse en aquellos trenes con saturación de viajeros. Se podrá establecer máximos por tren y coche para este transporte. Este transporte no ocupará asiento ni podrá disponer de reserva de plaza. El precio será el establecido en la tarifa vigente.

El viajero que lleve una bicicleta deberá mantener en todo momento el cuidado debido para garantizar la seguridad y comodidad de los demás viajeros, siendo responsable de los posibles daños que se pudieran producir al tren y a terceros.

En la Tarifa Especial Nº 6 se podrán establecer limitaciones a dicho transporte, en función de la fecha, la hora, el periodo y el trayecto.

Cercanías

Se admitirá el transporte de bicicletas en los trenes y horarios, cuando esté autorizado en cada Núcleo de Cercanías. Sólo se admitirá una bicicleta por viajero.

La carga, custodia y descarga de las bicicletas será efectuada por sus propietarios y Renfe no será responsable de los desperfectos o pérdidas que puedan sufrir las mismas durante el viaje.

Cercanías Zaragoza

Lunes a Viernes: Todo el día.

Observaciones :

Sábados y Festivos: Todo el día.

Observaciones:

Bicicletas por coche:2


sábado, 21 de febrero de 2009

Noticia Zaragoza: El observatorio de la bicicleta alcanza una propuesta de consenso para la ordenanza de circulación de peatones y ciclistas

EL OBSERVATORIO DE LA BICICLETA ALCANZA UNA PROPUESTA DE CONSENSO PARA LA ORDENANZA DE CIRCULACIÓN DE PEATONES Y CICLISTAS

18/02/2009."

En el texto regulan todos los aspectos relacionados con la circulación, señalización y prioridades, tanto de peatones como de ciclistas bizi"

Accede a la noticia en la web del Ayuntamiento de Zaragoza

Acceso al anteproyecto:Texto anteproyecto ordenanza

El Observatorio de la bicicleta está formado por:

  • Usuarios de Bicicletas:
    • Asociación Recicleta,
    • Colectivo Pedalea,
    • Movimiento en Defensa de la Bicicleta,
    • Federación Aragonesa de Ciclismo.
  • Ecologistas:
    • Fundación Ecología y Desarrollo,
    • ANSAR,
    • Ecologistas en Acción.
  • Sindicatos:
    • UGT Aragón,
    • CCOO Aragón.
  • Interés general y seguridad vial:
    • Federación de Asociaciones de Barrios de Zaragoza,
    • Unión Vecinal Cesaraugusta,
    • Stop Accidentes.
  • Usuarios de Vehículos a motor:
    • RACE,
    • Asociación Provincial de Auto Taxi.
  • Asimismo, asisten a las reuniones, en calidad de asesores con voz pero sin voto, técnicos de Movilidad Urbana, Servicios Públicos, Proyectos e Infraestructuras, Planeamiento y Rehabilitación, y Fomento de la Participación Ciudadana.

Algunas novedades del Anteproyecto

El Ayuntamiento podrá establecer calles o zonas pacificadas, debidamente señalizadas, en las que la velocidad permitida no excederá en ningún caso de 30 kilómetros por hora.

Se consideran vías pacificadas, entre otras, y se señalizarán como tales, todas aquellas calzadas de la ciudad que dispongan de un único carril de circulación, independientemente de que existan bandas de aparcamiento en una o ambas márgenes de la calzada.

Definición de zonas de prioridad peatonal, entre las que están las Zonas 30, calles o zonas residenciales y zonas peatonales, en las que se incluyen paseos centrales, parques y vías verdes o sendas ciclables.

Las personas con movilidad reducida que vayan en sillas o triciclos podrán circular con prioridad por las aceras y las vías ciclistas segregadas del tráfico motorizado.

Las Bicicletas deben circular por la calzada o, si existe algún tipo de vía ciclista, preferentemente por ésta. Podrán circular por las zonas 30 y por las zonas peatonales, con algunas excepciones (momentos de aglomeración, prohibición expresa, etc.).

Se permitirá de manera excepcional la circulación de bicicletas por aceras en calles con calzada no pacificada, en las que no exista vía ciclista o ciclable señalizada, únicamente cuando la intensidad del tráfico en calzada disuada de la utilización de la misma y siempre que en la acera se cumplan las siguientes condiciones: que la acera disponga de cuatro metros de anchura total, que al menos tres metros de anchura estén libres de elementos de mobiliario urbano y que no exista aglomeración de viandantes. Si no concurren todas estas condiciones, el ciclista deberá bajarse de la bicicleta o circular por la calzada. Los ciclistas que circulen por las aceras deberán cumplir además con el resto de restricciones impuestas para las zonas peatonales. El ciclista deberá mantener una distancia de aproximadamente un metro con los peatones en las operaciones de adelantamiento o cruce.

Creación de un Registro de Bicicletas, de inscripción voluntaria, con la finalidad de evitar los robos y facilitar su localización.